Una iniciativa nacida en las aulas universitarias, y apoyada por una treintena de ejecutivos de grandes empresas, busca recuperar la confianza de la gente en los abogados mediante un sorpresivo giro: crear un compromiso de probidad que sea exigido desde la demanda.
No cuesta mucho trabajo darse cuenta de por qué son los propios abogados quienes quieren un cambio de imagen. Basta con entrar al portal web del diario El Comercio y escribir el nombre de esta profesión en el buscador para encontrar en un primer pantallazo los siguientes resultados: “Abogado X se burla de la justicia”. “Imagen que abogado quiso dar de Eva y Liliana se fue al piso”. “Piden al abogado Z que se rectifique”.
Por supuesto, este problema es más profundo que la actuación irregular de algunos seudoprofesionales o la predilección de la prensa local por las noticias negativas. “Es cierto, el abogado no está bien visto, se piensa de él como aquel a quien se puede recurrir de cualquier modo. Es necesario cambiar esa visión”, dice Javier Durand, gerente jurídico de Cementos Pacasmayo.
Mucho de esto tiene que ver con el divorcio de confianza entre la opinión pública y una administración de justicia percibida como corrupta, que salpica desde al juez y al abogado de oficio hasta al más poderoso estudio legal del país. Pero el problema también está vinculado con la gran flexibilidad que tienen los abogados para cumplir el cuerpo de normas que rigen el ejercicio ético de su profesión, reglas cuya supervisión está en manos de los propios colegios profesionales.
En este escenario, una iniciativa surgida en las aulas de la Pontificia Universidad Católica en el año 2006, propone dar una vuelta de tuerca a la situación. “La propuesta asume que cumplir con el marco normativo es también un compromiso de los privados”, explica Beatriz Boza, la principal impulsora del proyecto. En suma, se trata de crear un sistema de control de conductas éticas que el abogado quiera –y no solo deba– cumplir porque la presión vendrá desde la demanda.
¿Cómo se espera que funcione? Convirtiendo las normas de conducta del abogado en parte de las políticas corporativas del sector privado, lo que hará que las empresas exijan a sus proveedores de servicios legales cumplir estos códigos. De no estar interesados, los estudios y bufetes perderían a sus clientes más grandes. Y esa es una situación a la que casi ningún abogado quisiera llegar.
La propuesta ha recibido una cálida recepción en ejecutivos de importantes empresas locales, profesores universitarios y miembros de grandes estudios de abogados. Pero también ha sido vista con frialdad por algunos sectores del ejercicio profesional. Aunque el debate recién empieza, el escenario parece dispuesto para un intenso pulseo durante los próximos meses.
Las cuatro patas de la mesa. La propuesta integral, que ha sido llamada “Sistema de Control Ético de los Abogados”, comprende cuatro líneas de acción que están en distintas etapas de avance. La primera tiene como meta lograr que los gremios y las principales empresas del país asuman un compromiso para hacer del proyecto parte de sus políticas de responsabilidad corporativa. Dos semanas atrás, Beatriz Boza y el grupo de estudio de la iniciativa se reunieron con la dirigencia de la Confiep, liderada por Ricardo Briceño, quien mostró buena disposición para tomar el encargo (vea nuestra entrevista a Briceño en esta edición).
Personalidades como Jorge Avendaño, catedrático y socio del Estudio Avendaño; Javier de Belaunde, del Estudio Echecopar; Alfredo Bullard, del Estudio Bullard y Falla; Enrique Felices, de Miranda y Amado; Mario Pasco, del Estudio Delfino y Pasco; José Ugaz, del Estudio Benítez Forno & Ugaz; y Walter Albán, decano de la Facultad de Derecho y gestor de la iniciativa, entre otros, dieron una revisión inicial a la propuesta de normas de conducta y responsabilidad.
Treinta y un gerentes jurídicos de grandes empresas como Telefónica del Perú (TdP), Backus, Minera Yanacocha, BCP, Interbank, Ferreyros, Scotiabank, Graña y Montero, y Southern, entre otras, han participado de la iniciativa, a título personal pero con el respaldo de sus instituciones. Ellos han analizado los textos para dar una opinión desde su óptica de abogados, pero, al mismo tiempo, de clientes que contratan servicios profesionales externos en sus compañías.
Hay varios motivos para explicar el involucramiento de estos ejecutivos en el proyecto, pero dos son los más importantes. “Indudablemente, esta visión del ejercicio ético del derecho forma parte de nuestro comportamiento profesional y de la cultura corporativa de nuestras empresas”, dicen Julia María Morales, secretaria general de TdP, y Francisco Rivadeneira, vicepresidente de asesoría legal de Scotiabank.
Pero también, añaden, no cumplir con prácticas responsables puede acarrear con el tiempo consecuencias económicas muy grandes. El simple hecho de estar involucrado en un escándalo es ya, para las empresas, un gran pasivo, una carga reputacional.
Las siguientes dos líneas de acción están en una etapa más avanzada. En julio de este año, se publicó en la intranet de la PUCP, para consulta pública, la propuesta de Normas de conducta y responsabilidad del profesional en Derecho, el documento que resultó de las múltiples revisiones mencionadas líneas atrás. “Estamos en un 90% de avance, siempre puede ser perfeccionado”, dice Boza.
Este manual de normas, a diferencia de los códigos de ética de los colegios profesionales, no solo incluye principios fundamentales de la práctica del abogado (del tipo “tener como fines primordiales la defensa de la justicia y el Estado de Derecho”), sino que “aterriza” en situaciones concretas, aquellas que ocurren a diario en el ejercicio de la profesión.
Hay, por ejemplo, un capítulo entero sobre el tema de la lealtad profesional, cómo evitar el conflicto de intereses, cómo se ejecuta el patrocinio debido y cómo deberían manejarse las relaciones entre colegas, entre cliente y profesional, las fuentes y los testigos, etc. Se define la responsabilidad solidaria de los socios de un estudio por el accionar de sus colegas y se incluye la posibilidad de absolver consultas profesionales en medios de comunicación, una práctica usual pero no normada en los códigos vigentes.
Son 112 artículos relacionados con la práctica y 30 más que contemplan mecanismos de disciplina y sanción. Esta parte del cuerpo, la relacionada con la previsión y las penas a los infractores, es la tercera línea de acción.
El último ángulo es el más delicado y el que aún está en etapa de diseño. Se trata de crear un cuerpo que se encargue de vigilar el funcionamiento de la estructura descrita. Una especie de ente supervisor, que observe las situaciones de conflicto, las siga y decida. Esta etapa empezaría a trabajarse en el primer semestre del 2010.
“Es jurásico”. Dos palabras describen, para un abogado limeño, el cuerpo de normas contenido en el Código de Ética del Colegio de Abogados de Lima (CAL), la orden profesional más grande del país. Este documento, aprobado hace apenas 12 años, contempla en sus 48 artículos un conjunto de reglas de tipo aspiracional, que hablan de ser un buen servidor de la justicia y de mantener el honor y la dignidad. Pero tiene dos problemas: permite una interpretación laxa de cada punto porque no “aterriza” en situaciones concretas, y está desactualizado.
Diversos abogados consultados para este artículo señalaron las debilidades de dicho texto. La más comentada es la llamada “generación de clientela”, un punto que contempla los mecanismos por los cuales el abogado puede generar de manera honrosa sus propios clientes. El Código de Ética del CAL acepta “la publicación y el reparto de tarjetas meramente enunciativas del nombre, domicilio y especialidad”. Pero considera la publicidad directa o indirecta con fines de lucro “un menoscabo de la dignidad profesional”.
Hay en este punto, según los expertos consultados, un problema de definición, puesto que la forma como se asume el concepto de publicidad es imprecisa. Hoy pocos dudan que se pueda hacer publicidad de servicios jurídicos, como un bien perfectamente transable, con transparencia y respeto a los derechos del consumidor.
También hay claroscuros en cuanto a la relación con el cliente y la posibilidad de renunciar a un patrocinio. Se menciona que el profesional puede abandonar un caso por una “insistencia en la actitud reprobable del cliente”, lo que abre las puertas a una insistencia eterna. No hay definiciones sobre aspectos como el manejo de pruebas ni sobre la responsabilidad social del abogado.
El propio CAL ha notado esta situación y hace cuatro meses inició un proceso para reformular los textos, que ha sido encargado a un consultor externo.
Para Luis Lamas Puccio, socio del estudio Bracamonte & Lamas Puccio y vicedecano del CAL, es evidente que el código necesita ser modernizado, aunque afirma que estamos frente a un problema mayor, una crisis general de la profesión frente a la opinión pública, que se ha ido generando por la escasa formación deontológica en las universidades, la proliferación de escuelas de Derecho sin un adecuado currículo, un sistema de justicia desacreditado y los clamorosos actos de corrupción que todos conocemos.
La solución que plantea el Colegio limeño parte de reforzar sus propios procesos de sanción, labores formativas y códigos, siempre bajo la responsabilidad del propio ente profesional. Pero es precisamente allí, en la idoneidad de los colegios profesionales para autorregularse, donde se centra el debate.
¿Desde adentro o desde afuera? En el Perú, como en otros países, funciona un sistema legal que otorga a los colegios profesionales la facultad de vigilar el comportamiento ético de sus propios agremiados. Sin embargo, esta situación no garantiza que los códigos de conducta se cumplan.
En algunos estados de Estados Unidos, por ejemplo, la vigilancia del código de ética es una responsabilidad legislativa. “Nosotros cumplimos estas normas porque tienen fuerza de ley”, afirma Antonia Stolper, presidenta del Centro de Justicia Internacional Cyrus Vance, y agremiada del Colegio de Abogados de Nueva York. Ella ve con muy buenos ojos los esfuerzos que se realizan en el Perú y otros países de la región para mejorar los estándares éticos de la profesión de acuerdo a la realidad de cada uno de ellos.
Por otra parte, en Chile las cortes están a cargo de la supervisión ética del abogado, pero la orden profesional tiene un manual distinto, que aplica a sus socios. El Colegio de Abogados de Chile inició hace poco una reformulación de su código de ética para comprender casos específicos que se dan, sobre todo, en materia de derecho corporativo.
En la capital peruana, el Colegio de Abogados de Lima supervisa la conducta de sus agremiados y en ocasiones sanciona, pero si por algún motivo un profesional es expulsado de esta orden, no existe ningún impedimento legal para que se una a alguna otra en cualquier jurisdicción. Lamas Puccio afirma que este vacío será corregido con la creación de un registro nacional, el cual no permitirá volver al sancionado.
La diferencia del modelo que plantean la PUCP, asociaciones de estudiantes de Derecho, Ciudadanos al Día, The World Justice Project y otras entidades, es que pone el balón en la cancha de los privados. “La idea es que el comportamiento ético se convierta en una ventaja competitiva, como lo son en la práctica privada el cumplimiento de estándares internacionales”, dice Beatriz Boza.
Fernando del Mastro, miembro del grupo de estudio sobre responsabilidad del abogado, sostiene que el ideal es lograr que las gerencias legales y los propios estudios de abogados asuman públicamente un compromiso, que se conozca quiénes se adhieren a la iniciativa. Incluso, esta situación podría beneficiar al agremiado cuando una empresa transnacional busque un cliente local cuyo estándar de responsabilidad social corporativa sea compatible con los niveles internacionales.
Según datos internos, la idea es crear un cuerpo de 1.000 a 2.000 abogados que se incorporen al proyecto, para crear conciencia en los demás profesionales y esperar su inclusión posterior. Hay unos 90.000 abogados en todo el Perú. Y este compromiso, claro está, no es incompatible con ser agremiado a cualquier colegio del país.
El cuerpo funcionaría como un ente externo, al igual que el Consejo de la Prensa Peruana o la Asociación Nacional de Anunciantes (ANDA), dos entidades que regulan los medios y la publicidad desde el punto de vista del cliente, al que las empresas periodísticas o las agencias se pueden asociar libremente y que, además, tienen la facultad de sancionar.
Pedimos una opinión sobre el proyecto a Luis Lamas, pero nos dijo que no lo conoce. Aunque señaló que siempre es interesante que existan este tipo de propuestas.
Los puntos en debate. Así como la iniciativa de la PUCP ha recogido comentarios entusiastas en los foros donde ha sido discutida, también se generó debate respecto de algunos puntos candentes, como los referidos a conflictos de interés, estándares de diligencia (el compromiso del abogado con su causa) y honorarios. Una de las polémicas, por ejemplo, fue cómo definir cuál sería un honorario justo en el trato entre abogados y corporaciones, y si es posible justificar ese incentivo llamado “honorario de éxito”, que, como se ha visto hace muy poco en temas de consultoría, esconde otros propósitos.
El gran tema en discusión para terminar de definir la propuesta es cómo funcionarán los órganos encargados de poner en práctica el modelo, llámese Secretaría, Consejo de Ética y Tribunal de Honor, como se menciona en el documento publicado en junio, y quiénes lo integrarán. Muchos abogados que apoyan la iniciativa temen que lleguen a estos cargos personas poco idóneas –como ocurre en varias otras órdenes, en todas las ramas de la actividad profesional–, lo que obliga a hilar muy fino para elegir a quienes generen consenso. Se vocean algunos de los nombres más respetados de la abogacía peruana, pero no pasan de ser propuestas.
El CAL, por su parte, no ha tenido una respuesta muy animada frente al proyecto integral de la PUCP y, por el contrario, anuncia que en 90 días estará listo su proyecto de registro nacional, que será administrado por la Orden Nacional de Colegios de Abogados. También está trabajando en la elaboración de un compromiso de probidad para los profesionales del Derecho.
En ambos casos, el norte es buscar una salida a la crisis de credibilidad de esta profesión, un problema que se arrastra desde hace varios años. En el 2007, una encuesta de Apoyo Opinión y Mercado señalaba que solo 26% de los ciudadanos creían en la palabra de un abogado, frente a 93% en el caso de los bomberos y a 81% en el de los médicos.
Hace unos días, el Instituto de Opinión Pública de la Universidad de Católica (IOP) consultó a los limeños: “¿Cuál de las siguientes afirmaciones describe mejor su opinión sobre los abogados?”. El resultado fue el siguiente: “Es difícil confiar en ellos, pero son necesarios cuando hay problemas”, afirmaron 63% de los encuestados; solo 19% dijeron que “son profesionales confiables que ayudan cuando hay problemas legales”.
Pese a lo anterior, 67% calificaron de “muy bueno” o “bueno” el servicio que recibieron de un abogado; y 26%, de “regular”. La eficiencia del profesional del Derecho no está en duda, lo que sí hace falta, está claro, es recuperar la confianza de la comunidad.